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En el delito de tráfico de drogas el bien jurídico protegido es la salud pública y, en tal sentido, en el Código Penal se castiga con penas de prisión aquellas conductas que trafiquen o promueven o difundan el consumo de drogas o estupefacientes. La marihuana es una de ellas. El Código Penal nos remite a su vez a la Convención Única sobre Estupefacientes de 1961 donde el cannabis está fiscalizado en su Lista I. Que esté en esta lista significa que «carece de interés médico y científico» por lo supuestamente dañina que es para la salud. Este estatus legal no hace falta remarcar que es del todo arbitrario e injusto porque consabido es de las grandes propiedades medicinales que posee la marihuana. Como también lo es que el tabaco y el alcohol sí que son altamente dañinos para la salud pública y, sin embargo, son sustancias legales. Resulta demoledor en este sentido que según los registros oficiales de la Organización Mundial de la Salud mueren al año 5 millones de personas por tabaco, 1,8 millones por el alcohol y, sin embargo, no tienen ni una sola muerte oficial por marihuana. De hecho, la dosis mortal de cannabis no existe y esto ocurre con poquísimas sustancias, lo que nos da una idea de su carácter noble. Esto no nos lleva en modo alguno a perder de vista que, como toda sustancia psicoactiva, no está exenta de riesgos y se le ha de tener el respeto que merece. 

 

Sea como fuere, en la actualidad la marihuana está legalizada, como sabemos, en decenas de estados de EEUU y en bastantes estados de la mayoría de continentes como Canadá, Israel, Holanda, etc. Lo que nos lleva aún más a la convicción de lo aberrante que es que la ley prevea penas de cárcel por conductas vinculadas con la marihuana que exceden del autoconsumo. 

Al Estado español cada recluso le cuesta unos 200 euros diarios y más de la mitad de la población reclusa está cumpliendo condena por delitos relacionados directa o indirectamente por drogas. Dentro de esta ratio, los delitos de tráfico de drogas donde la marihuana es la sustancia incautada, es bastante notable y, sin duda, está situación no afecta lo más mínimo a la libre voluntad de los consumidores que hemos decidido consumir cannabis por las razones que sean. 

Los abogados activistas que defendemos su legalización o al menos que deje de ser un delito, puede que no tengamos claro el modelo de regulación: ora un monopolio del Estado como en Uruguay, ora un mercado libre como en EEUU; pero en todo caso, dado que vivimos tan de cerca está realidad policial, judicial y penitenciaria, sí tenemos muy claro del absurdo de este sistema y las graves consecuencias que tiene para muchos ciudadanos que se ven inmersos en un proceso penal por delito. Quedémonos con esta foto: a día de hoy, que te pillen con mil plantas de marihuana, en España te hace acreedor de la etiqueta de «vulgar traficante de drogas» y en Colorado de «respetable empresario».

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