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En los últimos años ha habido muchos rumores en Barcelona sobre la posibilidad de poner en venta una asociación cannábica y a este respecto importa subrayar que el traspaso de un club cannábico como si de un negocio “normal” se tratara está totalmente fuera de la legalidad.

El marco legal de una asociación de fumadores de cannabis es la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, que es la ley principal que regula las entidades sin ánimo de lucro, de manera que cuando decimos que es ilegal es porque no se puede traspasar como un negocio algo que no está llamado a serlo de ninguna de las maneras. Cosa distinta es el debate jurídico de hasta qué punto un traspaso de una asociación cannábica, donde entran unos nuevos gestores que pagan un “precio” a los anteriores, puede concebirse como la legítima aspiración de estos últimos –los que la montaron- a recuperar el dinero que invirtieron para levantarla en los comienzos.

 

De igual manera que es muy discutible que el traspaso de un club de fumadores de cannabis, aunque pudiera considerarse que no es un “negocio jurídico” dentro de la legalidad, si, en todo caso, tal operación puede considerarse una actividad delictiva. Porque valga remarcar que no todo lo que es ilegal es delito. De igual modo que el Tribunal Supremo nos ha venido diciendo que el ánimo de lucro no es un elemento que defina el delito contra la salud pública o delito de tráfico de drogas, tanto o más ocurre con este asunto de los traspasos de las asociaciones cannábicas de Barcelona o del lugar que fuere. Decimos Barcelona como ejemplo de la gran cantidad de asociaciones que hay, estimándose actualmente que hay cerca de 200.

 

Pese a las muchas dudas que sobre su legalidad estas operaciones puedan despertar, lo cierto es que una asociación tiene prácticamente los mismos elementos que un negocio como un bar o un restaurante, contando con locales en alquiler destinados específicamente para la actividad propia de asociación cannábica, con la correspondiente Licencia de actividad a tal efecto.

Del mismo modo de toda la fase de creación implica una fuerte inversión como es obvio.

Las asociaciones cannábicas en definitiva están sujetas a la necesidad de cumplir una serie de requisitos tanto a los efectos de poder conseguir la referida licencia de actividad como a los efectos de permanecer alejados sus responsables de cometer un delito de tráfico de drogas, etc.

 

Sea como fuere, a diferencia de Holanda o muchos estados de Estados Unidos, donde el ánimo de lucro en el sector cannábico no es un tabú social, en España este tipo de traspasos pueden acarrear problemas sin duda. Es lo que tiene tener políticos poco valientes que no se deciden a legalizar con mayúsculas el sector cannábico en España, pese a los intentos de comunidades como Navarra o Catalunya, donde, como sabemos, se ha intentado pero el Tribunal Constitucional se ha encargado de anular estas leyes.

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